Análisis jurídico de la ley 26.928 de Protección integral de las personas trasplantadas
Introducción: El 4 de diciembre de 2013 el Congreso Nacional sancionó la ley 26.928 de creación del sistema de protección integral para las personas trasplantadas (BO del 22/1/2014). El tema sobre el que trata esta ley es relativamente "nuevo", al menos en la doctrina jurídica y se encuentran pocos artículos sobre la específica problemática de las personas trasplantadas. La doctrina se ha ocupado de los requisitos para la ablación (así ocurre actualmente con el debate sobre el dador "amigo" del receptor), sobre el tema de la determinación del momento de la muerte, sobre el tema del consentimiento presunto o ficticio, sobre los temas de los tejidos y las células madre a partir del almacenamiento de las células provenientes de cordón umbilical, entre otros tema. Ahora, el Congreso Nacional dicta una ley que tiene por finalidad "crear un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país" (art. 1º). En el presente trabajo nos proponemos analizar los antecedentes de la norma, sus disposiciones y realizar algunas reflexiones finales sobre la vinculación del derecho a la salud con los problemas de bien común y justicia distributiva.
Main Authors: | , , |
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Format: | Artículo biblioteca |
Language: | spa |
Published: |
La Ley
2014
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Subjects: | LEY 26.928, TRANSPLANTE DE ORGANOS, BIODERECHO, BIOETICA, |
Online Access: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/9039 |
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