¿Cuándo y cómo deben recurrir a la dignidad los tribunales? : sistematización de posibles supuestos de actuación

Resumen: La dignidad humana ocupa un lugar central en el derecho de los derechos humanos y opera como un principio fundamental que debe ser guía tanto para la tarea legislativa como para la tarea judicial. Ahora bien, esa centralidad de la dignidad plantea no pocas controversias por el carácter abierto que tiene el término. En cuanto a su aplicación, se debe comenzar recordando que, en principio, corresponde a los distintos Estados determinar en su ordenamiento jurídico las formas adecuadas de respetar y asegurar la dignidad humana, sobre todo por medio de disposiciones legislativas. Así, en el campo de las normas escritas, encontramos tres modos en que aparece la dignidad: i) como derecho a la dignidad: en el título del art. 11 de la Convención Americana de Derechos Humanos; ii) como calificación especial de un derecho: el legislador se refiere al trato digno debido al trabajador en la Ley de contrato de Trabajo o al paciente en la Ley 26529 o al consumidor en la reforma de 2008 de la ley 24240; iii) como principio fundamental: por ejemplo, en el art. 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, o en los arts. 279 y 1004 del Código Civil y Comercial donde la dignidad es principio que limita la autonomía de la voluntad en materia de actos jurídicos o de contratos, o en el art. 51 del Código Civil y Comercial sobre reconocimiento y respeto de la dignidad, en el capítulo sobre los derechos personalísimos.

Saved in:
Bibliographic Details
Main Author: Lafferrière, Jorge Nicolás
Format: Documento de conferencia biblioteca
Language:spa
Published: Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho 2020
Subjects:DERECHOS HUMANOS, LEGISLACION, FILOSOFIA DEL DERECHO,
Online Access:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/12519
Tags: Add Tag
No Tags, Be the first to tag this record!