(In)visibilidades : luces y sombras en la construcción fotográfica de lo carcelario

Las prisiones se constituyeron como pena universal a comienzos del siglo XIX y aún hoy son instituciones que continúan vigentes. Con el absolutismo monárquico, tan solo un siglo antes, el suplicio -una agonía lenta basada en el castigo físico como forma de sanción- era una ceremonia política y pública. El objetivo de este proceso, que implicaba dolor y tortura, era reafirmar la soberanía del príncipe ante los ojos del pueblo. En el marco de una sociedad en plena transformación, algunos reformadores, como el Marqués de Beccaria, propusieron una nueva economía penal, en la cual la proporcionalidad de las penas debía variar en función de los delitos. Foucault sostiene que la implementación de la guillotina significó un cambio cualitativo en la filosofía del castigo, en tanto transformó el suplicio en una rápida ejecución capital. Con el posterior surgimiento de la prisión moderna, las medidas punitivas se orientaron hacia los “infractores de la ley”, legitimando un poder racional centrado en la definición de reglas. Sus formas embrionarias pueden rastrearse incluso antes de su introducción en el sistema penal, en toda Ia ciencia del cuerpo y de su "corrección” (Foucault, 2012, p.198). Con los príncipes, el suplicio legitimaba el poder absoluto y su "atrocidad" se desplegaba sobre los cuerpos, porque el cuerpo era la única riqueza accesible. El correccional, el hospital, la prisión, los trabajos forzados, nacieron con la economía mercantil y evolucionaron con ella. El exceso ya no era necesario, sino todo lo contrario. El objetivo era la mayor economía del sistema penal. Ese era -y es- el sentido de su "humanidad". En la nueva realidad social, lo importante no era “la ejemplaridad de la pena, sino su eficacia” (Foucault, 2012, p.197). Una vez que la burguesía se constituyó como el actor político dominante, el eufemismo de la protección bajo la figura de un monarca absoluto fue reemplazada por una visión pragmática de disciplinamiento, que dio lugar al derecho liberal moderno. Para ello, y entre otros dispositivos, se diseñaron grandes construcciones arquitectónicas basadas en el “panóptico” de Bentham. Estas estructuras permitían que un pequeño número de guardiacárceles pudiese observar, desde una torre central, a una numerosa población de internos. Este modelo punitivo, en el que la violación del contrato social era castigada con penas proporcionales medidas según el tiempo de privación de la libertad, es el que finalmente llegó a América Latina a mediados del siglo XIX, de la mano de los cuáqueros y presbiterianos. Contemporáneamente, ellos se encontraban desarrollando en Estados Unidos los sistemas penitenciarios “filadélfico” y “auburniano” -en referencia a sus ciudades de origen-, basados en el aislamiento, el trabajo obligatorio y los principios de la arquitectura panóptica (Ciafardini, Olaeta y Gándaras Costa, 2012). Según Calveiro, la observación de los sistemas punitivos actuales y el modo en que actúan sobre los cuerpos permite identificar las estructuras específicas del poder que se ejerce en las modernas democracias neoliberales. En este sentido, la autora plantea que la reorganización hegemónica del mundo implicó una reorganización penitenciaria: el pasaje a un Estado penal, “centrado en el castigo y encierro de ciertos sectores de la sociedad” (Calveiro, 2010, p.58). En Argentina, las primeras legislaciones referidas a las prisiones tuvieron lugar luego de la Revolución de Mayo. A partir de mediados de 1800, comenzaron a tomar fuerza, como forma privilegiada de castigo, las penas privativas de la libertad. “En un proceso que involucró elementos muy diversos -la evolución de las burguesías y concepciones nuevas del cuerpo humano, entre otros- la naturaleza del castigo cambió” (Caimari, 2004, p.34). Es necesario entender este proceso enmarcado en un clima de modernización de los Estados Nación de toda la región. La realidad carcelaria argentina recibió influencias de doctrinas y métodos del mundo hispánico y occidental, que participaron en la configuración de sus características particulares. “Fenómenos como el de la implantación del régimen penitenciario solo tienen explicación si se los aborda a nivel hemisferio, a partir de proyectos y experiencias de otras naciones” (Levaggi, 2002, p.17). En este nuevo contexto, la privación de la libertad fue la sanción predilecta, dado que era la que mejor se adecuaba a la mediatización del poder estatal sobre el cuerpo de los castigados (Caimari, 2004). Argentina fue un país pionero en cuanto a la modernización de la infraestructura carcelaria. Así lo demuestran la cárcel de Mendoza -destruida por un terremoto en 1861, antes de su inauguración- y las prisiones bonaerenses de San Nicolás de los Arroyos, Dolores y Mercedes, estrenadas en 1877. En ese mismo año, se abrió la Penitenciaría de Buenos Aires, que se volvió un laboratorio en materia disciplinaria y una referencia dentro del país y América Latina. Se trataba de un ejemplo de renovación y reforma punitiva, dado que incorporaba las técnicas penitenciarias en boga, tanto a nivel local como global. Poco a poco, el “criminal” comenzó a pensarse como una nueva figura dentro de la sociedad: el que causa un daño y la perturba. Se consolidó, así, “la idea del criminal como enemigo interno, como aquel individuo que rompe el pacto que teóricamente había establecido con la sociedad” (Foucault, 2005, p.97). Las cárceles, entonces, servirían para moldear y corregir a estos “criminales”, instaurando hábitos racionales y autocontrolados. “La prisión debía transformarse en un espacio ordenado, higiénico y reglamentado. Su muro separaría el orden del castigo del desorden del mundo” (Caimari, 2004, p.42). Todo ello implicó, por ejemplo, desplegar argumentos parciales sobre los regímenes de encierro, modelos de arquitectura carcelarios y terapias correctivas. Y dentro de este consenso en torno a la prisión como lugar de castigo se produjo la conciencia absoluta -fervorosa, incluso- de decenas de estudiosos de designar al sistema penitenciario como la técnica de tratamiento de los delincuentes de la sociedad argentina moderna. (Caimari, 2004, p.46). Actualmente, existen en Argentina 290 unidades de detención, siendo el Sistema Penitenciario de la provincia de Buenos Aires (con 54 instituciones) y el Sistema Penitenciario Federal (con 33 establecimientos) las jurisdicciones con más cárceles. Según el informe del Sistema Nacional de Estadística sobre Ejecución de la Pena (SNEEP) del 2016, para el 31 de diciembre de ese mismo año, había 76.261 personas detenidas en cárceles del país. Es decir que la tasa de detenidos era de 175 cada 100.000 habitantes. Históricamente, la relación entre el dispositivo fotográfico y el carcelario ha adquirido diferentes formas y manifestaciones. Domenech (2003) plantea que, en lo que respecta a la constitución de un relato oficial, el dispositivo fotográfico registró y documentó los actos de inauguración, las ceremonias y las formas de ejercicio del poder a partir de la exhibición de las jerarquías y de esas grandes instituciones disciplinarias propias del Estado moderno. Además, la fotografía se consagró como un elemento fundamental dentro del ritual de ingreso a las prisiones. La foto carnet de cada recluso o reclusa a los fines de su identificación puede entenderse como un intento de capturar los cuerpos del mismo modo que lo hacían -lo hacen- las cárceles. Ya en el siglo XIX, especialmente a partir de la teoría lombrosiana y el bertillonaje, las imágenes sirvieron para identificar “rasgos criminales” según los caracteres antropométricos de los sujetos (re)presentados. De este modo, se construyeron estereotipos y estigmas asociados a los mismos. La criminología argentina no estuvo exenta de este clima de época. El ex comisario José Sixto Álvarez, más conocido como Fray Mocho, fue autor de la Galería de Ladrones de la Capital (1880-1887), que incluía la descripción conductual y física de los delincuentes. El objetivo era fijar fotográficamente su identidad para que pudieran ser fácilmente reconocidos (García Ferrari, 2009). Más allá de estas formas en las que se vinculó con el poder estatal, en lo que concierne a la relación entre fotografía y prisión, las imágenes también cobraron un papel importante para los propios detenidos y detenidas. Aún hoy, una foto colgada en las paredes despintadas de sus celdas es una de las formas de estar cerca de un ser querido. En este sentido, constituyen pequeños tesoros impresos o revelados, en cajas, afiches, portarretratos. Otra forma en que la fotografía todavía convive con estas instituciones es cuando, ocasionalmente, un fotógrafo o fotógrafa logra traspasar sus muros para tomar imágenes “no oficiales”, registrar rutinas, cuerpos, rostros y presentar lo carcelario a quienes están fuera. Son imágenes en las que el fotógrafo vio y oyó, pero solo guardó miradas con sales de plata, fragmentos de segundo, papeles emulsionados y cámaras, dejando las palabras para cercar las imágenes al momento de exhibirlas y exhibirse. La implacable subjetividad, paradójicamente, los exhibe como testigos capaces de mostrar su verdad, alguna verdad, o acaso un fragmento. (Domenech, 2003, pp.77- 78). Estas imágenes tienen su propia fuerza y generan sentidos que exceden las intencionalidades de sus autores o autoras, al tiempo que construyen y exhiben las subjetividades de las detenidas y detenidos. Queremos agregar, también, otro modo en que la fotografía construye lo carcelario, y es a través de la autopresentación de los sujetos. En este caso, gracias al acceso a distintos aparatos fotográficos, generalmente puestos a disposición por talleres dictados al interior de las prisiones, quienes están privados de su libertad tienen la posibilidad de mostrar imágenes de sus propias vidas. El siguiente trabajo atiende a estas dos últimas maneras en que ambos dispositivos conviven: la presentación a través del lente de los fotógrafos y fotógrafas, y la autopresentación de los internos e internas. Su objetivo es indagar cómo se construye lo carcelario a partir de un corpus visual, compuesto por un conjunto de imágenes fotográficas tomadas en prisiones argentinas durante el siglo XXI. ¿Pero qué es lo carcelario? En primer lugar, es un dispositivo -del mismo modo que lo es la fotografía- en un sentido amplio, entendido a partir de los aportes de Agamben (2011a) y Deleuze (1990). Para este primer autor, dispositivo es todo aquello que tiene alguna capacidad de capturar, controlar y orientar las conductas y opiniones de los individuos, interviniendo en los procesos de subjetivación. Mientras que, en términos deleuzianos, todo dispositivo está compuesto por líneas de visibilidad, subjetividad, enunciación y ruptura o fractura. Estos conceptos teóricos, que luego serán desarrollados en profundidad, nos interesan en tanto ambos nos permiten pensar la distribución de lo visible al interior de las prisiones y la subjetividad enlazada a materialidad corporal de quienes se encuentran encerrados en ellas. Las imágenes nos presentan la evidencia de cuerpos y nos disparan algunos interrogantes a partir de lo que construyen. En el primer capítulo de nuestra investigación, “Algunos lineamientos teóricos”, desarrollamos, a modo de marco conceptual, los aportes clásicos desde donde nos posicionamos para realizar el análisis. Son fundamentales los lineamientos e investigaciones de Michel Foucault (2005, 2009, 2014), Giorgio Agamben (2011a) y Gilles Deleuze (1990) para comprender la especificidad de lo carcelario en tanto dispositivo. A su vez, tanto Foucault como Judith Butler (2001, 2006), nos permiten definir el lugar desde el cual concebimos a los sujetos y a los procesos de subjetivación. Además, reflexionamos sobre la particularidad de las imágenes a partir de los Estudios Visuales y la Cultura Visual; como también desde los aportes de Susan Sontag (2006), Didi-Huberman (2004, 2009), Louis Marin (2009) y Patrick Vauday (2009). Los tres últimos, de la mano de Jacques Rancière (2010), son claves para pensar las fotografías en relación a los modos de distribución de lo visible. En segundo lugar, el capítulo “Dispositivo y subjetividad: un juego de relaciones”, ahonda en las formas en que los mecanismos disciplinarios impactan sobre la materialidad corporal y cómo la misma es presentada a través de las imágenes. Aquí nos preguntamos cómo se entrecruzan las líneas de subjetividad del dispositivo fotográfico y carcelario. Para intentar esbozar alguna respuesta, fue necesario cuestionarnos sobre cuáles eran las marcas de subjetividad que aparecían en esas fotografías, de qué modo se mostraban los cuerpos y los rostros, y cómo se exhibía la relación de los internos e internas frente a la vigilancia y el poder. ¿Pero quién produce esas fotografías? ¿Cómo es la relación entre quien toma la imagen y el sujeto fotografiado? El capítulo tres, titulado “Presentaciónautopresentación: miradas desde ‘adentro’, miradas desde ‘afuera’”, profundiza en el intercambio entre quienes, estando fuera de la cárcel, ingresan a ella a capturarla con sus lentes; y quienes, fotografiándose a sí mismos, autopresentan sus vidas en el encierro. ¿Cuáles son los obstáculos y posibilidades que cada sujeto tiene a la hora de tomar imágenes? ¿De qué manera se relacionan tanto con la fotografía como con el dispositivo carcelario? ¿Las miradas “desde afuera” y las miradas “desde adentro” conllevan necesariamente construcciones y recortes diferentes de la realidad? Inmediatamente posterior, el capítulo cuatro, “Espacios inhabitados: muros y marcas de la tumba”, aborda la presentación fotográfica de espacios vacíos, sin cuerpos, prisiones que se encuentran en desuso, pero cuyas estructuras aún permanecen. ¿Cómo se exhiben esas configuraciones arquitectónicas? ¿Cómo se construyen visualmente? ¿Se presentan en ellas marcas de subjetividad, rastros de quienes las habitaron? ¿Están verdaderamente vacías? Establecer relaciones entre el dispositivo carcelario y fotográfico es el objetivo que atraviesa todo este trabajo, e implicó identificar y reflexionar sobre aquellos elementos visibilizados o invisibilizados en ese encuentro. Es decir, pensar en aquello que resultó “(in)visibilizado”, atendiendo a los regímenes de verdad, poder y saber en los que las imágenes fueron producidas. ¿Qué es lo que puede ser/es mostrado y cómo se corresponde con las construcciones de nuestro pasado, presente y futuro? A modo de hipótesis, proponemos que las presentaciones fotográficas de las prisiones operan entrecruzándose con las líneas de visibilidad y subjetivación de los dispositivos carcelarios, dando lugar a juegos de luces y sombras -relaciones de fuerzasa partir de los cuales puede tensionarse el orden de lo visible.

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Détails bibliographiques
Auteurs principaux: Martín Rodríguez, Ana Laura, Zangoni, Carolina Andrea
Autres auteurs: Fortuny, Natalia
Format: Tesis biblioteca
Langue:spa
Publié: Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Sociales
Sujets:Prisiones, Fotografía, Discurso, Subjetividad,
Accès en ligne:http://repositorio.sociales.uba.ar/items/show/1487
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