Nivelar desigualdades: Cuerpo de investigadores de la defensa en la legislación neuquina

El principio de Igualdad de armas, es aquel que va a garantizar que las partes dentro del proceso van a contar con idénticas oportunidades y potestades al momento de exponer y defender sus pretensiones y que el juez imparcial, como director del proceso, va a asegurarles el desarrollo de un juicio, oral, público, concentrado, con inmediación de la prueba la prueba y con el derecho de contradicción plenamente garantizado: sin embargo se debe tener en cuenta el desequilibrio estructural existente entre una fiscalía poderosa, con toda su logística, recursos y personal por un lado; mientras por el otro, en representación del acusado; encontramos una Defensa Pública, sin logística o pero aún una defensa técnica privada muy onerosa para el imputado, y con escasos recursos para llevar adelante una investigación.

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Bibliographic Details
Main Author: Sepúlveda, Susana Beatriz
Format: trabajo final de grado biblioteca
Language:spa
Published: Universidad Nacional del Comahue. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. 2020-10-22T12:59:47Z
Subjects:Derecho penal, Abogacía, Defensa, Legislación neuquina, Cuerpo de invetigadores, Principio de igualdad de armas, Proceso, Ciencias Sociales,
Online Access:http://rdi.uncoma.edu.ar/handle/uncomaid/15992
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