Resolución Nº 0290-2015/CEB-INDECOPI

Se declara que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas impuestas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Expreso Paredes Estrella S.A.C. y Señor de los Milagros de Tingo María S.A.C.: (i)El mantenimiento de la suspensión del otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la red vial nacional, para las rutas Lima - Cusco y viceversa; efectivizado en el Oficio Nº 1117-2015-MTC/15, Lima – Tocache y viceversa, con escalas comerciales en las ciudades de Huánuco, Tingo María, Aucayacu y Progreso; efectivizado en el Oficio Nº 2278-2012-MTC/15 y Lima – Pucallpa y viceversa, con escalas comerciales en las ciudades de Huánuco, Tingo María y Aguaitia; efectivizado en el Oficio Nº 2279-2012-MTC/15. (ii)La exigencia de contar con un patrimonio neto mínimo de mil (1 000) UIT, como requisito para acceder al mercado del servicio de transporte público regular de personas de ámbito nacional, establecida en el numeral 1.5.1) del artículo 38º y el numeral 1.12.1) del artículo 55° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte.

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Bibliographic Details
Main Author: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Format: info:pe-repo/semantics/Text biblioteca
Language:spa
Published: Indecopi
Subjects:Barreras burocráticas, Ministerios, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Jurisprudencia,
Online Access:http://hdl.handle.net/11724/4715
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