Resolución Nº 0290-2015/CEB-INDECOPI
Se declara que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas impuestas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Expreso Paredes Estrella S.A.C. y Señor de los Milagros de Tingo María S.A.C.: (i)El mantenimiento de la suspensión del otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la red vial nacional, para las rutas Lima - Cusco y viceversa; efectivizado en el Oficio Nº 1117-2015-MTC/15, Lima – Tocache y viceversa, con escalas comerciales en las ciudades de Huánuco, Tingo María, Aucayacu y Progreso; efectivizado en el Oficio Nº 2278-2012-MTC/15 y Lima – Pucallpa y viceversa, con escalas comerciales en las ciudades de Huánuco, Tingo María y Aguaitia; efectivizado en el Oficio Nº 2279-2012-MTC/15. (ii)La exigencia de contar con un patrimonio neto mínimo de mil (1 000) UIT, como requisito para acceder al mercado del servicio de transporte público regular de personas de ámbito nacional, establecida en el numeral 1.5.1) del artículo 38º y el numeral 1.12.1) del artículo 55° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
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Format: | info:pe-repo/semantics/Text biblioteca |
Language: | spa |
Published: |
Indecopi
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Subjects: | Barreras burocráticas, Ministerios, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Jurisprudencia, |
Online Access: | http://hdl.handle.net/11724/4715 |
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