Proyecto de ley n. 20.426 Ley de objeción de conciencia

Este proyecto de ley "tiene por objeto garantizar la libertad de conciencia como derecho humano consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política, el artículo 12 de la Convención Americana de Derechos Humanos, el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Fundamentales (CEPDH), de 4 de noviembre de 1950 (art. 9), y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE), artículo 10, mediante el procedimiento señalado en esta ley (...). Por objeción de conciencia se entiende la actitud de quien se niega a obedecer una orden de la autoridad o un mandato legal invocando la existencia, en su fuero interno, de una contradicción entre el deber moral y el deber jurídico, a causa de una norma que le impide asumir el comportamiento prescrito."

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Costa Rica. Asamblea Legislativa Autoría 46158
Formato: biblioteca
Idioma:spa
Publicado: (7 a
Materias:DERECHOS HUMANOS, RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS, FILOSOFÍA, RELIGIONES, CREENCIA RELIGIOSA, PRÁCTICA RELIGIOSA,
Acceso en línea:http://www.imprentanacional.go.cr/pub/2017/08/07/ALCA190_07_08_2017.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/proyecto_de_ley_20426_636382992498127826.pdf
http://formatos.inamu.go.cr/SIDOC//archivosPeriodicosOficiales/alcance_190-2017_636382992497659076.JPG
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