Responsabilidad del principal

El Anteproyecto de Código Civil y Comercial de la Nación de 2012 regula la responsabilidad del principal por los hechos de sus dependientes en el artículo 1753, el cual dispone, precisamente, que el principal responde objetivamente por los daños que causen los que están bajo su dependencia, o las personas de las cuales se sirve para el cumplimiento de sus obligaciones, cuando el hecho dañoso acaece en ejercicio o con ocasión de las funciones encomendadas. Agrega, además, que la falta de discernimiento del dependiente no excusa al principal, así como que la responsabilidad del principal es concurrente con la del dependiente

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Díez Selva, Manuel
Otros Autores: Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho
Formato: Parte de libro biblioteca
Idioma:spa
Publicado: El Derecho 2012
Materias:PROYECTOS DE LEY, CODIFICACION, CODIGO CIVIL, CODIGOS, RESPONSABILIDAD, CODIGO DE COMERCIO, DAÑOS,
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2917
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