Derechos personalísimos y autonomía progresiva del menor de edad en Argentina : sus derechos a la intimidad, al honor y a la imagen

Resumen: El Código Civil y Comercial de la Nación, vigente en Argentina desde 2015, establece que, en principio, los menores de 18 años ejercen sus derechos a través de sus representantes legales. Sin embargo, al adoptar el sistema de autonomía progresiva, los menores pueden realizar por sí mismos los actos que la ley establece, cuando han adquirido edad y grado de madurez suficiente. En este trabajo se examina la especial protección de los derechos personalísimos del menor, y el despliegue del principio de autonomía progresiva en el ámbito del ejercicio de los derechos de la personalidad, poniendo énfasis en los derechos a la intimidad, al honor y a la imagen.

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Nieto, María Bibiana
Formato: Artículo biblioteca
Idioma:spa
Publicado: Universidad Católica del Uruguay. Facultad de Derecho 2020
Materias:DERECHOS PERSONALISIMOS, MENORES, AUTONOMIA, DERECHO A LA IDENTIDAD, DERECHO A LA INTIMIDAD, CODIGO CIVIL Y COMERCIAL,
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/11917
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